Viernes, 26 de Abril de 2024
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Juzgado de lo social: ¿Qué es y cuáles son sus objetivos?

Juzgado de lo social: ¿Qué es y cuáles son sus objetivos?

El Juzgado de lo Social es responsable de llevar a cabo los procedimientos de la legislación laboral y la Seguridad Social. Normalmente, se trata de cuestiones relativas a la relación laboral entre empresario y trabajador, subsidios, prestaciones o pensiones, prestaciones por desempleo, etc. En este artículo, te diremos qué es, cómo se rige y cuáles son los objetivos del Juzgado de lo Social.

¿Qué es el juzgado de lo social?

El juzgado de lo social es un organismo jurisdiccional del Poder Judicial, especializado en el ámbito laboral y de la Seguridad Social. Se encarga de juzgar y resolver los conflictos relacionados con la aplicación de las leyes que rigen el trabajo y la Seguridad Social (Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

¿Cuál es el marco legal que lo regula?

En España, el juzgado de lo social está regulado por la constitución española en sus artículos 24 y 117. De igual manera, por la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece los diversos tipos de juzgados y su competencia territorial y por la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social.

¿Cuáles son sus objetivos?

Los juzgados de lo social en España son tribunales especializados que tienen como objetivo principal resolver conflictos relacionados con la legislación laboral y de seguridad social. Estos juzgados están encargados de aplicar la ley en situaciones que involucran a trabajadores y empleadores. También, se ocupan de resolver disputas relacionadas con temas como salarios, condiciones laborales, despidos y prestaciones por desempleo o enfermedad.

Además, también pueden intervenir en casos relacionados con la protección de los derechos de los trabajadores, la seguridad y salud en el trabajo. Así como la prevención de riesgos laborales. En general, el objetivo de los juzgados de lo social es garantizar y proteger los derechos de los trabajadores, así como que se cumplan las normas laborales y de seguridad social en España.

Competencia territorial del juzgado en lo social

Los juzgados de lo social tienen competencia territorial. Es decir, con relación a la ubicación de la empresa donde se hayan prestado los servicios o, el lugar donde se haya originado el conflicto. Según lo prefiera el demandante.

Por lo general, cada provincia cuenta con uno o varios juzgados de lo social que se encargan de resolver los conflictos laborales y de seguridad social que se produzcan en esa zona. Sin embargo, en los casos en que la empresa o el trabajador tengan su domicilio o residencia en otra provincia, el juzgado competente será el de la localidad donde se haya producido el conflicto.

Es importante tener en cuenta, que la competencia territorial de los juzgados de lo social se determina en el artículo 10.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social o en función de la legislación laboral y de seguridad social aplicable al caso concreto.

Presentación de demandas ante el Juzgado de lo Social

Cualquier persona capacitada para ejercer plenamente sus derechos como ciudadano o su representante, pueden presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. Esto incluye, a los trabajadores de entre 16 y 18 años, que no necesitan el permiso de sus padres, tutores o representantes para celebrar un contrato de trabajo.

De igual manera, todas las personas jurídicas que lo requieran, personificadas por sus representantes legales. En el caso de organizaciones que no sean personas jurídicas, pero dispongan de recursos personales y financieros para un fin específico, quienes procedan en su nombre ante terceros o empleados.

Un dato importante es que, para poder interponer una demanda ante el juzgado de lo Social, se debe haber intentado previamente, un procedimiento de conciliación o de mediación, ante el servicio de mediación de su lugar de residencia. Si este intento fracasa, se puede interponer la demanda ante el Tribunal.

¿Necesito abogado para ir ante este Juzgado?

No necesariamente. Una de las características del Juzgado de lo Social es que el trabajador recurrente puede representarse a sí mismo. Es decir, no necesita estar representado por un abogado. Sin embargo, puede resultar necesaria la actuación de un profesional del derecho en aquellos casos, en los cuales sea necesario presentar recursos. En este caso, si el trabajador no dispone de recursos económicos suficientes, el tribunal puede designar un abogado de oficio que lo represente.

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