¿Hay transparencia en las licitaciones en España?
Transparencia Internacional, ha señalado a la contratación pública como una gran fuente de corrupción e ineficiencia del gasto público en España. El miembro del Comité Ejecutivo de la ONG, Jesús Sánchez Lambás, dijo que «Es un inmenso agujero negro” en la presentación de www.contratospúblicostransparentes.es, una aplicación gratuita que hace posible que se puedan consultar y analizar los contratos de todas las Administraciones y entiedades públicas que están en la Plataforma de Contratación del sector público.
Las primeras conclusiones que podemos extraer, siembran una serie de sospechas fundadas sobre la limpieza de los procedimientos y la verdadera voluntad de transparencia de los poderes públicos.
Aunque la ley obligue a que se debe publicar en la Plataforma todo tipo de licitación pública, a la hora de la verdad, casi no aparece documentación en el 25% de los procedimientos. Un 40% de las licitaciones solo tiene un aspirante. «Esto solo puede deberse a que las grandes compañías tienen una red de empresas, a que estamos ante procedimientos diseñados a la carta para el licitador», ha analizado Gimeno. «Donde no hay competencia, hay ineficiencia. Y donde hay ineficiencia, se crean redes clientelares».
Como modelos, tenemos el origen de procesos de corrupción de la más candente actualidad, como el caso Nóos, Acuamed o los asuntos que han salpicado a la antigua CIU. La contratación pública en España mueve un 20% del PIB. La Comisión Europea cifró en 13.000 millones de euros el coste anual de la corrupción en las ofertas y licitaciones públicas. La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, ha estimado que cada año, el Estado llega a perder por ineficiencia unos 47.000 millones por ineficiencia.
Tanto TI como el Observatorio, han señalado tres fuertes debilidades del sistema español que hay que corregir:
1.Dispersión de normas jurídicas, lo que permite a todos los entes públicos que no se consideran Administración Pública contratar de acuerdo a las propias normas.
2. La ausencia de control efectivo en los contratos de menor cuantía, como los de obra que sean inferiores a 5.225.000 euros o los de suministros o servicios inferiores a 135.000 cuando son del estado o 209.000 euros para el resto de entidades.
3. Es una publicidad que no genera concurrencia.
Las dos organizaciones han manifestado su decepción con el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, que está en fase de tramitación parlamentaria. Hace unas semanas TI ha remitido a todos los partidos un paquete de 15 enmiendas al texto, donde hizo una reclamación entre otros cambios, de la extensión del recurso especial, sancionando con la nulidad del procedimiento la obligación de publicarlo en la Plataforma de Contratos y haciendo uniformes las normas. De todo esto, solo se ha admitido el procedimiento negociado sin publicidad por la cuantía.
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