Martes, 30 de Abril de 2024
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Los expertos alertan de la incertidumbre fiscal de la economía colaborativa

Los expertos alertan de la incertidumbre fiscal de la economía colaborativa

Expertos en el mundo fiscal han analizado durante dos jornadas los retos y oportunidades de la administración tributaria en la era digital, con especial interés en los aspectos con la economía colaborativa. La sede en Elche de la Universidad CEU Cardenal Herrera ha sido el escenario en el que se han dado cita profesores de Derecho Tributario y Financiero procedentes de diferentes universidades, tanto españolas como extranjeras, así como representantes de la Administración Pública y de empresas.

Entre los diferentes aspectos abordados en las mesas redondas, especialmente interesante han sido los que afectan a la fiscalidad de la economía colaborativa, con especial énfasis en los sectores con mayor negocio, como el transporte, el alojamiento y las ventas entre particulares.

Una de las mesas más interesantes ha sido la que ha analizado la fiscalidad en las plataformas y empresas vinculadas al transporte y en la que han participado Jaime Rodríguez de Santiago, General Manager de Blablacar; Miguel A. Navas, Globar Corporate Tax Director de Cabify; Ester Machancoses, profesor de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Valencia, y Juan Ignacio Gorospe, profesor de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad CEU San Pablo de Madrid.

Jaime Rodríguez, después de analizar el uso que los ciudadanos hacen de sus automóviles y de la tendencia al alza en el uso compartido de los mismos, ha explicado que uno de los principales problemas que han encontrado Blablacar para expandirse es “la fragmentación regulatoria en los diferentes países, ya que cada uno tiene una legislación y una tributación distinta”. Rodríguez ha afirmado que “en estos momentos, la realidad fiscal no se adecúa a las empresas de economía colaborativa y no siempre es asumible esta realidad por las startups”. En su opinión, es necesario un régimen tributario específico, “porque no es lo mismo un servicio especializado remunerado que un intercambio o un gasto compartido. Distintos modelos sugieren diferentes aproximaciones”.

Por su parte, Ester Machancoses ha asegura que “la economía colaborativa existe desde hace décadas, pero la novedad es la incorporación de la tecnología que globaliza el consumo. Además, la crisis económica de los últimos años, ha extendido la idea del sobreconsumo”.

En su opinión, los retos tributarios en la economía colaborativa son, por un lado, conseguir de las plataformas el suministro de información, la colaboración en la recaudación y la imposición de gravámenes. Por otro lado, con respecto a los usuarios de estas plataformas, lograr la tributación por la prestación de servicios. Machancoses no descarta que los usuarios de plataformas como Blablacar y otras puedan enfrentarse a inspección tributaria y cree que las opciones del legislador son “no hacer nada y no cambiar el IRPF, modificar la normativa de una manera parcial o realizar una regulación específica para supuestos de economía colaborativa”.

Miguel A. Navas, de Cabify, ha explicado que “una plataforma es un conjunto de personas que prestan servicios de una manera remota. Pero hay una eventual confusión sobre los actores que intervienen porque no está definido que nuestros clientes ejerzan una actividad”.

Navas reconoce que en la actualidad “los países de nuestro entorno afrontan la situación con iniciativas legislativas efervescentes. Y en España lo estamos sufriendo, no a nivel tributario, pero sí de ordenamiento legal”.

Por su parte, Juan Ignacio Gorospe ha realizado un retrato de la situación de la fiscalidad indirecta y de incentivos tributarios en el transporte colaborativo. Gorospe considera que “la economía colaborativa va más allá del consumo colaborativo y ha experimentado una expansión por la crisis, por los cambios de hábitos de consumo y por la aparición de las plataformas”. En el sector del transporte, “hay diferentes modelos de negocio, como los servicios de coche con conductor (Uber), el uso compartido de coches por particulares (Blablacar) o los vehículos compartidos (Car2go)” .

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