¿Cuánto se cobra de baja? Es una pregunta que muchos españoles se hacen cada día. De hecho, en la actualidad, muchos adultos jóvenes acuden ante la Seguridad Social, para cobrar su seguro de paro, pues no consiguen un empleo estable. Las pocas oportunidades laborales previamente existentes, se han visto reducidas considerablemente como consecuencia de la pandemia del Covid-19. Esta situación no ha afectado solamente al sector salud, sino que ha golpeado fuertemente todos los sectores de la economía, principalmente y en gran medida el campo laboral.
¿Qué se entiende por baja laboral?
Antes de saber cuánto se cobra de baja, debemos saber cuándo se produce el derecho. Para eso es necesario definir, entre otras cosas, que es la baja laboral. Según la definición del propio Ministerio de Trabajo y Economía Social, se puede entender la baja laboral como la situación en la que el trabajador recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social, mientras está imposibilitado de trabajar temporalmente, como consecuencia de una enfermedad y/o accidente, ya sea laboral o no.
Dicho de otra manera, la baja laboral es el tiempo que se da al trabajador para su recuperación cuando, por motivos de salud, no puede cumplir con sus funciones laborales. Este término también suele ser sustituido por el de incapacidad temporal, puesto que para efectos legales su significado es el mismo. Es importante resaltar que cuando nos referimos a baja laboral, estamos hablando de temporalidad. Es decir, el trabajador podrá volver a su trabajo una vez subsanado su problema de salud.
Tipos de bajas laborales
Aunque es valioso saber cuánto se cobra de baja, también es importante conocer cuántos y cuáles son los tipos de baja laboral a los que podemos acceder. Estos pueden clasificarse en dos tipos principales; baja laboral por contingencias comunes y baja laboral por contingencias profesionales. Sin embargo, a raíz de la pandemia del covid-19 se ha generado una nueva categoría. Entre las bajas laborales por contingencias comunes tenemos: baja laboral por enfermedad, baja laboral por maternidad, y baja laboral por paternidad.
Mientras que, dentro de las bajas laborales por contingencias profesionales nos encontramos con la baja laboral por accidente profesional y la baja laboral por enfermedad profesional. No olvidemos que se ha incluido una nueva categoría como consecuencia de la situación de pandemia, generada por el covid-19. Esta es, la baja laboral por Covid, que es la más nueva. Este tipo de baja se produce a raíz de la alta incidencia de las afectaciones de salud producidas por el virus del Covid.
¿Cuánto se cobra de baja común?
Ahora sí veremos cuánto se cobra de baja, pero para un mejor entendimiento del tema vamos a dividirlo. Primero veremos cuánto se cobra de baja común. En este caso el cobro va a depender del tiempo de recuperación de la enfermedad, y siempre se empezará a contabilizar a partir del tercer día. Es decir, que los primeros tres días de baja son descontados de nuestro salario. Ahora, no todos vamos a cobrar lo mismo, pues esto depende de nuestro salario y la base de cotización para efectuar el cálculo de dicho pago.
Es importante aclarar, que se paga un porcentaje del salario devengado por el trabajador. Así pues, la tabla de cálculo para la cotización de los montos a pagar por baja laboral común es como sigue:
- A partir del día 4 hasta el día 15, se paga el 60% de la base de cotización del mes previo.
- Del día 16 hasta el día 21, este porcentaje lo comienza a cancelar la Mutua o la Seguridad Social.
- Si supera los 21 días, se le paga al trabajador el 75% de la base de cotización.
¿Cuánto se cobra de baja por Covid?
Ahora veremos la otra opción, cuánto se cobra de baja por Covid. A diferencia de las bajas laborales por enfermedades comunes, el covid-19, tiene una particularidad resaltante. Y para estos casos, cada comunidad autónoma tiene su propio proceso. Sin embargo, como es sabido, la baja por covid-19 dura 7 días en promedio, así que, todos concuerdan en que debe asimilarse como enfermedad común. Es decir, que, en caso de solicitar la baja por esta enfermedad, debe tratarse como una baja laboral común.
Dicho de una forma más clara, debemos hacer los mismos cálculos anteriormente mencionados. Basándonos en la tabla ya descrita en el aparte anterior. Lo que sí diferencia un caso de otro, es que se puede solicitar la baja solamente con una prueba que dé positivo a esta enfermedad. En este caso, no es indispensable presentar el diagnóstico médico, como en los otros casos de baja común. De esta manera, el Estado asume una posición más favorable para las personas que contraen esta enfermedad y se ven afectadas en su condición laboral.
¿Quién se encarga del pago?
Otro punto importante que debemos saber, además de cuanto se cobra de baja, es ¿Quién se encarga de realizar este pago?, veamos:
- Los primeros 3 días serán descontados de nuestro salario.
- Del día cuarto al decimoquinto día, le corresponde el pago a la empresa.
- Y a partir del día 16 al día 21 de baja será cancelado por la Mutua o la Seguridad Social.
- En los casos que exceda los 21 días, la obligación del pago será exclusiva de la Seguridad Social.
Como vemos, la obligatoriedad del pago se encuentra distribuida entre la empresa, la mutua, la Seguridad Social e incluso nosotros mismos. Y cada una de estas entidades, se hará responsable, en determinado momento, para el pago de la prestación solicitada. En este punto, también cabe recordar que la Mutua, es una asociación de empresarios sin ánimo de lucro, la cual colabora con la Seguridad Social. Y contribuye con el pago de prestaciones sociales, en casos de enfermedades, accidentes, o incapacidades temporales de los trabajadores.
Requisitos para poder cobrar la baja laboral
Una de las informaciones más importantes que debemos conocer, para poder hacer efectivo el cobro de la baja laboral, son los requisitos exigidos. No podemos pasar esto por alto. Pues, a pesar de ser nuestro derecho, siempre debemos cumplir con ciertas condiciones y obligaciones para poder solicitarlo. Estos requisitos son estipulados por Ley y no pueden ser alterados de ninguna manera. Por lo tanto, no son negociables, ni renunciables, ni a petición de la empresa, ni por comodidad nuestra.
Así que, conviene recordar que los requisitos para solicitar la baja laboral son indispensables y obligatorios, para obtener el pago por baja laboral.
- Lo primero, es estar afiliado a la Seguridad Social. Sin esto, no puedes acceder a ninguna prestación.
- De segundo, si la incapacidad temporal es por enfermedad común, se deben tener al menos 180 días cotizados durante los 5 años previos a la solicitud.
- En los casos de accidentes y/o enfermedad profesional, no se exige el requisito anterior de un mínimo de cotizaciones previas.