Constitución exprés de sociedades en Valencia: ¿realidad o mito?
José Miguel Moreno García, Abogado especialista en Derecho Mercantil en GRA Consultores
¿Existe un derecho humano a un medioambiente sano? Según la declaración de las Naciones Unidas de 28 de julio de 2022, el acceso a un medioambiente limpio, sano y sostenible es un derecho humano universal. Si bien dicha resolución no es vinculante para los estados, sí marcaba el camino para otros entes nacionales e internacionales en la lucha contra el cambio climático.
A nivel europeo, la histórica sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Klimaseniorinnen c. Suiza del 9 de abril de 2024, vinculaba por primera vez el cambio climático al Convenio Europeo de Derechos Humanos y establecía el reconocimiento de obligaciones positivas en materia climática.
¿Y qué rol tienen las empresas en la protección del derecho humano a un medioambiente sano? Tradicionalmente se había entendido que el respeto a los derechos humanos obligaba únicamente a los Estados, sin embargo, desde hace años se exige a las empresas que respeten los derechos humanos durante todo el desarrollo de su actividad. Por ejemplo, en la mencionada declaración de Naciones Unidas, se instaba no únicamente a los Estados, sino también a organizaciones internacionales y a las empresas a intensificar los esfuerzos para garantizar un medioambiente sano para todos.
Queremos destacar las acciones que puede llevar a cabo el tejido empresarial en la protección y el derecho humano a disfrutar de un medioambiente limpio, sano y sostenible:
Cada empresa, en virtud de sus características y su nivel de compromiso, deberá adaptar dichas recomendaciones en su camino hacia la sostenibilidad y la protección del medioambiente. Para ello, será necesario llevar a cabo un proceso inicial de análisis de sus impactos y de contacto con sus grupos de interés.
Independientemente del tamaño de la empresa y el sector de actividad, es esencial adaptar el modelo de negocio de acuerdo con criterios ESG y con las exigencias de la normativa como la Directiva sobre Información Corporativa en Materia de Sostenibilidad, la recién aprobada Directiva de Diligencia Debida de las empresas, la Directiva para la Protección del Medio Ambiente, la Taxonomía Ambiental Europea o la Directiva contra el Greenwashing, entre otros.
Y es que cumplir con los criterios ESG permitirá a las empresas permanecer en el mercado, puede traducirse en una ventaja competitiva frente a los competidores, mejorar la reputación de la empresa, y contribuir en la protección del medioambiente, el derecho humano a un medioambiente sano y a la lucha contra el cambio climático.
José Miguel Moreno García, Abogado especialista en Derecho Mercantil en GRA Consultores
Matteo Pressacco, EU Projects Consultant-European Funds en Euro-Funding
Mariana Longobardo, Directora en Servicio de Estudios BME