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Tipos de despidos: Conoce los tipos de despido que existen en España

Si eres mayor de edad y ya formas parte del mundo laboral, es posible que ya sepas lo que es un despido laboral y esta información solo te servirá para reforzar lo que ya sabes. Pero si no lo eres, te resultará de gran utilidad para cuando lo hagas. Conocer los diferentes tipos de despido te permitirá hacer valer mejor tus derechos como empleado y estar mejor preparado para cuando se produzca el cese laboral.

Con esto en mente, hoy queremos explicarte qué tipos de despido existen en España para que sepas cómo reaccionar cuando te despidan de un trabajo.

¿Qué es un despido laboral?

Una explicación simple es que un despido laboral es la terminación de una relación de trabajo por parte del empleador. Es decir, cuando el patrono o la empresa contratante decide, de forma unilateral, dar por terminada la relación laboral con el trabajador. Sin embargo, para que este sea legal, se deben cumplir ciertos requisitos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué tipos de despidos laborales hay en España?

La calificación de los tipos de despido en España, obedece a diferentes factores que pueden ser externos o propios de la empresa. Y se pueden clasificar por sus causas o por sus efectos jurídicos.

Por sus causas

Por sus causas, podemos encontrar 3 tipos de despidos laboral:

Despido Disciplinario, es aquel en el que las causas de extinción del contrato laboral, están justificadas por el incumplimiento grave de las funciones del trabajador. Estas faltas se encuentran contempladas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. En este caso, el trabajador pierde su derecho a una indemnización, conservando su finiquito laboral.

Despido Objetivo, este tipo de despido se encuentra contemplado en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. Aquí se establecen las causas objetivas que pueden originar un despido. Las más comunes suelen ser causas inherentes al funcionamiento y desarrollo de la empresa (causas económicas, organizativas, técnicas, de producción o de fuerza mayor).

Despido Colectivo o ERE (Expediente de Regulación de Empleo), este tipo de despido está incluido en el llamado despido objetivo y afecta directamente a un nutrido número de trabajadores de la empresa, al menos el 10%.

En los casos de despido objetivo, se genera el pago de una indemnización al trabajador.

Por sus efectos jurídicos

Por sus efectos jurídicos podemos clasificar el despido laboral en:

Despido procedente, cuando se considera que el despido es legal y ajustado a la normativa vigente. En este caso, el patrono queda exento de pagar la correspondiente indemnización.

Despido improcedente, en este caso, el despido no se ajusta por completo a la legalidad, por cuanto el patrono está obligado a pagar una indemnización correspondiente o reintegrar al trabajador a su trabajo.

Despido nulo, se trata del caso menos común de todos, aquí el despido es totalmente inválido y arbitrario. Incluso, pueden haber sido vulnerados los derechos del trabajador por causas fútiles. Como consecuencia, el patrono debe reinstalar al trabajador en su puesto de trabajo y pagar los salarios correspondientes al tiempo de la tramitación.

¿Cuáles son las causas de despido?

Las causas del despido en España son las mismas que en otros países. Pero para mayor detalle, las causas válidas para el despido de los trabajadores en cada uno de los tipos de despido ya descritos se encuentran estipuladas en el Estatuto de los Trabajadores de España. Es así como encontramos las causas de despido colectivo en su artículo 51, las causas de despido objetivo en el artículo 52 y los causales de despido disciplinario en el artículo 54 del referido estatuto.

¿Cómo pueden impugnar los trabajadores los despidos?

Lo primero que hay que saber, es que en la mayoría de los casos los despidos son impugnables. Sin embargo, se debe seguir un proceso establecido y cumplir ciertos requisitos según sea el objetivo de la impugnación.

En los casos en que el objetivo de la impugnación sea la declaración de nulidad, no es necesario acudir al SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación), sino que se debe acudir directamente al juzgado de lo social. Mientras que, en los casos de despido colectivo se deben seguir los pasos establecidos para una impugnación colectiva.

Veamos, pues, cuál es el proceso para la impugnación del despido disciplinario y objetivo:

Lo primero es acudir al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Su nombre puede variar de acuerdo a la zona de España donde te encuentres, por ejemplo: UMAC en Asturias, TAMIB en baleares o SERLA en Castilla y León.

Se debe presentar una papeleta de conciliación con la intención de llegar a un acuerdo extrajudicial con la empresa. Si este paso es exitoso y se alcanza un acuerdo, se dará por terminada la impugnación. En el caso contrario, es decir, que no se llegue a un acuerdo entre las partes, se debe acudir al Juzgado de lo Social e interponer una demanda laboral por despido.

En este punto, es obligatorio conseguir la asistencia de un abogado especialista en derecho laboral para la representación ante el juzgado. Vale decir que, aunque se sigan todos los pasos del proceso, el juzgado puede determinar que el despido ha sido procedente y no se cambiará la decisión.

Otro dato importante es que solo se dispone de 20 días hábiles desde el momento del despido, para iniciar el proceso de impugnación de la decisión.

¿Cuál debe de ser el comportamiento del trabajador en el momento del despido?

Es fundamental tener en cuenta que, en el momento del despido, el trabajador no debe comportarse de forma agresiva ni amenazar al empresario. Lo aconsejable es solicitar una carta explicativa de las causas del despido. Si no se está conforme, se debe firmar la carta de despido, dejando constancia de la inconformidad (firmar “no Conforme”) e iniciar el proceso de impugnación inmediatamente.

Es importante asegurarse de entender perfectamente cualquier documento antes de firmar nada. Si no se está seguro de lo que significa exactamente cada frase, preguntar hasta que no quede ninguna duda. Aunque no es lo común, es posible que algunos empresarios traten de engañar a sus empleados para que firmen algo que diga que están de acuerdo con ser despedidos o con aceptar un paquete de indemnización injusto.

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