Feria Valencia, la actividad bajo el prisma del legado
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Documentación básica que debo pedir
Antes de comprar es esencial tener toda la información necesaria sobre la casa que vas a comprar y sus propietarios, por lo que lo aconsejable es solicitar la siguiente documentación:
¿Qué gastos supone la compraventa y quién los paga?
La compraventa otorgada ante Notario en escritura pública supone una serie de gastos como los siguientes:
En cuanto a los gastos de la compraventa el artículo 1455 del Código Civil establece lo siguiente: «Los gastos de otorgamiento de escrituras serán de cuenta del vendedor, y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario.” Por lo tanto, el reparto de gastos es el que establece el Código Civil salvo que se pacte otra cosa.
En qué se diferencia una compraventa privada de una en escritura pública
Una compraventa otorgada en un documento privado es un contrato entre dos partes que no puede acceder al Registro de la Propiedad, ser inscrito y tener publicidad frente a terceros, pero que tiene fuerza vinculante y obliga a quienes lo firman.
Una compraventa otorgada en escritura pública es un documento otorgado ante un Notario que da fe de la compraventa y que se inscribe en el Registro de la Propiedad para tener publicidad frente a terceras personas.
¿Se paga IVA o ITP?
La regla básica es que las primeras transmisiones, es decir, las que realiza el promotor de la vivienda se gravan por el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y las segundas transmisiones por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). No obstante, existen excepciones y en algunos casos en segundas transmisiones se puede renunciar a la exención de IVA y tributar por IVA en lugar de por ITP. Para comprobar cuál es tu caso lo aconsejable es que consultes con un fiscalista.
¿Qué hago si necesito financiación para la compra?
Lo más habitual es que necesitemos financiación para comprar la vivienda, para ello podemos hacer dos cosas:
Es importante cotejar la oferta de varios bancos y no fijarnos solo en los tipos de interés sino también en las condiciones de vinculación que pide cada banco (contratación de seguros, planes de pensiones, tarjetas, cuentas etc.).
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