Cómo optimizar los costes sociales de las empresas con estrategias innovadoras
En el complejo entorno empresarial actual, la gestión eficiente de los costes sociales es esencial para garantizar la competitividad y la sostenibilidad a largo plazo. A los altos costes por gravámenes impositivos que sufren las empresas españolas y las no menores tasas de cotización, se une la complejidad del sistema legal que, entre otros males, adolece de una hiperregulación.
Los departamentos de RRHH acuden a medidas que contribuyen a la satisfacción del empleado y entran dentro del concepto de welfare, al mismo tiempo que permiten un ahorro en las cotizaciones. En la actualidad, estos programas, y siempre en comparación con otros países de la UE, son a todas luces muy reducidos y, por desgracia, sometidos con frecuencia a reinterpretaciones restrictivas que, movidas por un afán recaudatorio, generan inseguridad jurídica (valga como ejemplo las últimas regulaciones sobre los vehículos de empresa).
Tanto estas medidas, como las que citaremos más adelante, las podemos catalogar como externas, puesto que dependen de la voluntad del legislador de incentivar determinadas políticas.
Respecto a las ayudas y subvenciones, otras medidas comúnmente utilizadas por las empresas, dependemos nuevamente de la voluntad del legislador de fomentar en algunos casos la contratación de algunos colectivos y en otros la del mantenimiento del empleo. Estas pueden tomar diversas formas, como incentivos fiscales, subsidios salariales o programas de formación y capacitación financiados principalmente por la UE y, desafortunadamente, gestionados por nuestras distintas administraciones.
Y es que tales ayudas tampoco se escapan a complejos procesos burocráticos y legales que nos sitúan como uno de los peores países en la gestión de los fondos Next Generation.
Sin embargo, hay otras acciones que llamamos internas y que en contraste con las anteriores son iniciativas propias que las empresas pueden proactivamente llevar a cabo. Nos referimos a una actividad de revisión y auditoría que los departamentos de administración de personal pueden realizar con una aproximación jurídica y analítica y que pueden en la mayoría de los casos hacer aflorar lo que en el argot se conoce como supracotizaciones, las cuales son susceptibles de producir devoluciones por parte de la TGSS y menores cotizaciones a futuro.
Las causas y las variables que estarían detrás de estos supuestos son distintas y de menor a mayor podemos citar las siguientes:
- En primer lugar, las discrepancias entre el Fichero General de Afiliación (FGA) y la cotización realizada mensualmente.
- En segundo lugar, la tecnología por medio de la cual se elabora todo el proceso y cuya parametrización puede no estar actualizada y/o equivocada.
- En tercer lugar, causas imputables a la administración como por ejemplo el levantamiento de deudas sin fundamento.
- Por último y con un importante peso, estaría la adecuación de la actividad o actividades reales de la empresa a la normativa.
Debemos pensar que las empresas son entes dinámicos que para adaptarse al mercado y atender sus necesidades cambiantes modifican, amplían o restringen su actividad y que es en función de ella por la que deberán cotizar, lo que exige un continuo estudio de los distintos encuadramientos (CNAE y Cuadro II). Este estudio exige una especialización y una dedicación de tiempo importantes de los que no siempre se dispone, además existe una barrera importante que exponemos a continuación.
La hiperregulación que sufren las empresas y los ciudadanos es una queja común tanto en nuestro país como en la mayoría de los que forman la UE, una hiperregulación que no es solo de cantidad y jerarquía de normas, sino de diversidad de fuentes (UE, estatal, autonómica y local). Ante este enjambre legal, ya de por sí desalentador, debemos añadir las sentencias que los tribunales emiten reinterpretando las normas y corrigiendo a veces su, cada vez mayor, pobreza jurídica.
Se comprende así que no estamos ante una mera barrera, sino ante un muro que la administración, en el sentido amplio de la palabra, pretende que sea infranqueable a la hora de optimizar los costes sociales desde el planteamiento proactivo de las propias empresas.
No obstante, teniendo en cuenta que el Estado de Derecho es la base de las sociedades en las que afortunadamente vivimos, lo que es difícil es posible. Ya son muchas las sentencias que condenan a la administración a devolver lo que ingresó indebidamente más intereses.
Es interesante resaltar que los mayores avances se han obtenido en el ámbito tributario (con intervención directa de Bruselas) y ello es alentador porque los principios y fundamentos legales expuestos en tales sentencias son aplicables, por analogía, al ámbito de lo social.