5 pasos para constituir una sociedad mercantil

5 pasos para constituir una sociedad mercantil

Una sociedad mercantil es una sociedad que tiene por objeto la realización de una actividad comercial.

Existen varios tipos de sociedad mercantil, por lo que antes de constituirla, debemos asesorarnos de cuál es la que mejor se adapta a nuestra actividad, acudiendo a un abogado especializado en derecho mercantil o a un Notario.

Lo más importante a la hora de decidir constituir una sociedad, es saber si se quiere limitar la responsabilidad patrimonial de los socios o estos van a responder con todo su patrimonio de las deudas sociales.

Los dos tipos más utilizados de sociedades mercantiles, si se decide limitar la responsabilidad patrimonial de los socios, son la Sociedad Limitada (S.L.) y la Sociedad Anónima (S.A.).

Una vez que hayamos decidido el tipo de sociedad que queremos constituir deberemos seguir cinco pasos esenciales para llevar a cabo la constitución:

  • Solicitud de una certificación negativa de la denominación social. En el Registro Mercantil, se debe solicitar una certificación que acredite que el nombre que hemos elegido para la sociedad no existe. Podemos incluir varias opciones por orden de preferencia.
  • Apertura de cuenta bancaria. Una vez obtenida la certificación negativa de la denominación social, es necesario acudir a un banco para abrir una cuenta a nombre de la sociedad en constitución y depositar el capital social.

En el caso de una S.A., el capital social mínimo es de 6.000 euros y se debe depositar al menos el 25%; y en el caso de una S.L., el capital social mínimo es de 3.000 euros y debe ser depositado al 100%, salvo que se cumplan una serie de requisitos establecidos legalmente.

  • Elaboración de Estatutos y otorgamiento de la escritura de constitución. Los Estatutos de la sociedad son las normas que la van a regir: objeto social, domicilio social, forma de administración etc.

Los Estatutos los podemos aportar nosotros o los puede elaborar el Notario, pero es importante que nos asesoremos sobre las diferentes opciones de regulación de la sociedad.

Para el otorgamiento de la Escritura de Constitución de la sociedad será necesario aportar toda la documentación que nos solicite el Notario, entre otra: certificado negativo en cuanto a la denominación social emitido por el Registro Mercantil, certificado relativo al depósito bancario del capital social, Estatutos Sociales (si los hemos elaborado nosotros o nuestro asesor) y D.N.I de todos los socios.

  • Pago de Impuestos. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales debe ser liquidado una vez constituida la sociedad. Se trata de un impuesto que grava la constitución, aumento de capital, fusión, transformación o disolución de una sociedad.
  • Inscripción en el Registro Mercantil. Una vez realizados todos los trámites anteriores, procederemos a inscribir la Escritura de Constitución de la sociedad en el Registro Mercantil.

Una vez inscrita la sociedad, adquiere personalidad jurídica.

Los trámites detallados anteriormente pueden ser realizados por nosotros directamente, a través de una gestoría o asesoría o por internet.

Infonif Bases de datos
Dia de la dona
Infonif Bases de datos

Dejar una respuesta

*