Inseguridad jurídica en el negocio de los patinetes por la falta de normativa
El conflicto originado por la llegada de operadoras de patinetes eléctricos a València ha puesto de manifiesto la velocidad de cambio de la movilidad urbana y, al mismo tiempo, la falta de previsión de las autoridades para ordenar los nuevos fenómenos.
La semana que está a punto de terminar ha sido bastante agitada en este sentido. Tras la decisión del Ayuntamiento de València de ordenar la retirada de los patinetes de Lime -empresa financiada por Uber-, ésta se negó y tuvo que ser la propia autoridad municipal la que eliminara de las aceras los doscientos dispositivos. La operadora se enfrenta ahora, además, a una fuerte sanción por ocupación sin permiso del espacio público (750 euros por unidad), más el coste de la operación de recogida, traslado y almacenamiento de los patinetes.
Otras dos operadoras, una alemana y otra española, han anunciado su intención de desplegar sus patinetes eléctricos en la ciudad, pero contando con la autorización del consistorio.
Sin embargo, València no cuenta, como recuerda el despacho de abogados Metricson, con una normativa regulatoria del uso y explotación de este tipo de vehículos. La proliferación en las calles de los patinetes eléctricos en los últimos meses está provocando incluso problemas de convivencia con peatones y el resto de vehículos, si bien se presentan como una solución eficiente y no contaminante a las necesidades de movilidad urbana.
Metricson, asesoría legal especializada en innovación, recuerda que en ausencia de una normativa, la autoridad municipal puede impedir la circulación y el estacionamiento de este tipo de vehículos, como es el caso de València.
Otro de los asuntos que las empresas de alquiler de patinetes eléctricos deben abordar, en opinión de Metricson, es la educación cívica de los usuarios: informarles de qué pueden y qué no pueden hacer; las vías por las que pueden circular y el uso obligatorio del casco.
Si bien València carece de momento de normativa que regule el uso y explotación de los patinetes eléctricos, otras ciudades ya la contemplan. En el caso de Barcelona se limita la velocidad a 10 km/h en calles sin aceras levantadas, parques y carriles bici situados en aceras. En el caso de carriles bici en calzada, la velocidad máxima será de 30 km/h y se prohibe su circulación por la calzada o la acera de forma ordinaria. Su estacionamiento queda prohibido en la acera si dificulta el paso de peatones. Tampoco pueden atarse elementos urbanos como árboles, semáforos o farolas. El casco es obligatorio y sólo podrán circular mayores de 16 años. En caso de incumplir las normas las multas oscilan entre 100 y 500 euros.
En el caso de Madrid, la normativa está pendiente de aprobación. La propuesta contempla su autorización a circular por ciclocalles y calles residenciales a un máximo de 20 km/h; también podrán usar las vías para bicicletas. El aparcamiento deberá ser en reservas bici o moto. Tampoco podrán circular por calzadas ni aceras.
Las empresas dedicadas a su alquiler deberán contratar un seguro y deberán obtener una concesión administrativa para operar. Además se exige casco, pero la edad mínima para el uso se reduce a 15 años. Las sanciones pueden llegar a los 3.000 euros.
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