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Acuerdo de mínimos para prorrogar los ERTE hasta junio

Empresas con liderazgo

08/05/2020 | Redacción E3 | Edición: Joaquín P. REINA

Duración: 08:19

Gobierno, sindicatos y patronal han alcanzado un acuerdo para prorrogar los ERTE por fuerza mayor hasta que acabe junio manteniendo la protección por desempleo y la exoneración de cotización como hasta ahora, aunque con porcentajes menores para las empresas que reanuden parcialmente la actividad.

Una vez se levante el estado de alarma podrán mantenerse los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor total o parcial con fecha tope del 30 junio, si bien la protección por desempleo de los trabajadores fijos discontinuos se extenderá hasta el 31 de diciembre.

El presidente de la CEOE Antonio Garamendi explica en este video la postura de la patronal y de CEPYME en este acuerdo de mínimos y que, espera, que el Gobierno se ponga a trabajar ya con los diferentes sectores para llegar a acuerdos específicos.

«CEOE hubiese deseado vislumbrar un acuerdo a más largo plazo que hubiera dado seguridad y certidumbre a las empresas y a las personas trabajadoras, para acompañarlas en el proceso de recuperación total de la actividad», indica en un comunicado la patronal.

Sin embargo, dentro de los márgenes temporales y presupuestarios del Gobierno, los miembros del Comité entienden que este acuerdo, aunque no es el deseado, mejora  la propuesta inicial, por lo que se ha decidido dar el visto bueno con el objetivo de aportar seguridad jurídica.

La fuerza mayor total implicará la exoneración del 100 % de las cuotas sociales para las empresas con menos de 50 trabajadores y el 75 % para las de más empleados, mientras que la fuerza mayor parcial supondrá exenciones desde el 30 al 85 % dependiendo de las circunstancias, primando la reducción de jornada sobre el mantenimiento de la suspensión.

De esta forma, las empresas que reinicien la actividad con reducciones de jornada podrá descontarse el 85 % de las cuotas de mayo y el 70 % de las de junio si tienen menos de 50 trabajadores, y el 60 % de las de mayo y el 45 % de las de junio si tienen más empleados. Las empresas que reanuden la actividad, pero mantengan a trabajadores en suspenso podrán descontarse el 60 % de las cuotas de mayo y el 45 % de las de junio si tienen menos de 50 trabajadores y el 45 % de las cuotas de mayo y el 30 % de las de junio si tienen más empleados.


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