Opinión
El periodo de prueba como sustituto de la necesidad temporal de mano de obra
Daniel Toscani, Of Counsel en Alentta Abogados
La conclusión de un contrato de trabajo puede producirse con carácter definitivo o provisional. La provisionalidad resulta de la estipulación de un periodo de prueba que posibilita a ambas partes -empresario y trabajador- el conocimiento mutuo y la experimentación y les otorga la facultad de resolver en cualquier momento el contrato sin necesidad de alegar justa causa, sin preaviso y sin dar lugar a indemnización. En cuanto al periodo de prueba, algunos autores entienden que es una modalidad contractual (MONTOYA MELGAR, Derecho
