Viernes, 19 de Abril de 2024
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La banca tendrá más flexibilidad del Banco de España con las refinanciaciones

La banca tendrá más flexibilidad del Banco de España con las refinanciaciones

El Banco de España dará desde mañana más flexibilidad a las entidades financieras para medir el riesgo de refinanciar un préstamo, lo que permitirá que ahora que están ofreciendo esta medida de alivio a sus clientes para hacer frente a la crisis no tengan que considerar siempre que el riesgo aumenta. Además, el supervisor empezará a difundir los estados públicos de las entidades de crédito, que incluye no sólo sus resultados sino otros datos del balance, una información que hasta ahora daban a conocer las patronales del sector.

En el contexto económico actual, los reguladores y supervisores bancarios de todo el mundo han recomendado hacer un uso adecuado de la flexibilidad implícita en el marco regulatorio, sin menoscabo de la adecuada identificación y cobertura del riesgo de crédito, recuerda el Banco de España en un comunicado remitido este martes. La institución que preside Pablo Hernández de Cos ha aprobado una doble modificación de la Circular 4/2017 sobre normas de información financiera pública y reservada de las entidades de crédito, que supone la aprobación de dos nuevas circulares.

Por un lado, la Circular 3/2020 con cambios en materia de clasificación de refinanciaciones y por otro la Circular 2/2020, que amplía la información que han de remitir las entidades sobre las exposiciones dudosas y restructuradas, entre otras cuestiones.

Refinanciaciones

Al hilo de las recomendaciones de los supervisores de todo el mundo, la nueva Circular 3/2020 del Banco de España busca «evitar automatismos» y permite una mayor flexibilidad en la aplicación del juicio experto para la clasificación por riesgo de crédito de las refinanciaciones. En concreto, la nueva norma publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado permite a las entidades clasificar estas operaciones de refinanciación en la categoría de «normal» si no se ha producido un incremento significativo del riesgo de crédito. Todo ello, sin perjuicio de que deben seguir identificadas como refinanciadas para su adecuado seguimiento y gestión del riesgo.

Estados públicos

La nueva Circular 2/2020 incorpora los cambios en materia de información que han de remitir las entidades de crédito. Para cumplir con la recomendación de la Junta Europea de Riesgo Sistémico sobre la eliminación de lagunas en los datos sobre bienes inmuebles, introduce modificaciones en la información requerida a las entidades sobre préstamos sobre inmuebles.

Con el objetivo de mejorar la transparencia, atribuye la difusión de los estados públicos al Banco de España, aunque podrá efectuarse también por las asociaciones de las entidades, como hasta ahora. El Banco de España empezará a difundir la información de los estados públicos de las entidades de crédito con información referida al segundo trimestre de 2020.

La Circular incorpora también los últimos desarrollos en las normas internacionales de información financiera y otras normas adoptadas o aprobadas por la Unión Europea, simplifica alguno de los requerimientos de información y actualiza la información que se solicita en distintos estados financieros.

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