La nueva ley de marcas facilita la lucha contra las falsificaciones
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto-Ley que modifica parcialmente la Ley de Marcas para facilitar su registro, agilizar la tramitación, reforzar su protección y avanzar en la lucha contra las falsificaciones.
La nueva normativa traspone a la legislación española la directiva europea que armoniza las legislaciones comunitarias y facilita el registro y la gestión de las marcas.
Según ha informado hoy el Ministerio de Industria en un comunicado, una de las principales novedades que introduce es la supresión del requisito que obligaba a que el signo distintivo tuviera que representarse gráficamente.
Así, y para adaptarse a las nuevas tecnologías, a partir de ahora la marca podrá representarse por cualquier medio (sonoro, vídeo, holograma, etc.), siempre que el objeto de la protección que se otorgue al titular se pueda determinar con claridad.
La representación debe ser, por tanto, clara, precisa, autosuficiente, fácilmente accesible, inteligible, duradera y objetiva, señala el ministerio.
Asimismo, facilita el registro de marcas o nombres comerciales a cualquier persona física o jurídica, con independencia de su nacionalidad, residencia o de que goce de los beneficios de determinados convenios internacionales.
En la nueva normativa desaparece el concepto de marca notoria y se recoge una única categoría, la de marca o nombre comercial renombrado, entendiendo por «marca renombrada» aquella que sea conocida por una parte significativa del público interesado en los productos o servicios.
Por otra parte, se regula detalladamente la legitimación para formular oposición al registro de una marca, se agilizan los trámites para su renovación y se atribuye competencia directa a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) para declarar las causas de nulidad y caducidad de una marca.
Para avanzar en la lucha contra las falsificaciones, establece que el titular de una marca registrada podrá ejercitar los derechos que le confiere la misma contra mercancías procedentes de terceros países que, aún no habiendo sido comercializadas, lleven un signo idéntico o virtualmente idéntico a dicha marca registrada.
Además, refuerza la posición del titular de la marca y armoniza las condiciones para adquirir y ejercitar el derecho de marca con todos los Estados miembros de la Unión Europea.
Según la misma fuente, los usuarios del sistema, pymes y empresarios tendrán menos cargas administrativas y trámites para obtener el registro de su marca y así iniciar su actividad económica en el mercado con mucha más prontitud.
El real decreto clarifica y refuerza la protección de un sector empresarial de importancia económica, como es el de las denominaciones de origen, indicaciones geográficas protegidas, denominaciones tradicionales, especialidades tradicionales y obtenciones vegetales. EFECOM