Miércoles, 09 de Julio de 2025
Pulsa ENTER para buscar
INFONIF Club Empresas Podcast Rankings Eventos Revistas
Formacion HUB E3 Lego Serious Play

El embargo hipotecario se producirá por impago de 12 cuotas o el 3% del capital

El embargo hipotecario se producirá por impago de 12 cuotas o el 3% del capital
Redacción E3
Publicado a 20/11/2018 14:27

La propuesta para proceder al embargo hipotecario en la nueva Ley fija 12 cuotas impagadas o el 3% del capital prestado en la primera mitad de la vida del préstamo. Estos plazos y cantidades se amplían a 15 cuotas u el 7% del préstamos cuando se llegue a la segunda mitad.

Así lo ha acordado la mayoría de los ponentes que tramitan la nueva Ley Hipotecaria, que amplía de 9 cuotas a 12. Unidos Podemos, sin embargo, considera que es una cláusula abusiva y contraria a la jurisprudencia europea. En este sentido, el diputado de la formación Rafael Mayoral, ha sugerido que el importe del impago ascienda al 10% del capital, igual que en Alemania.

El proyecto de Ley, además, fija el reparto de gastos entre cliente y banco. El primero abonará la tasación y el segundo el impuesto de actos jurídicos documentados, las primeras copias de notario y los gastos de registro y gestoría. A todo ello añade ahora la prohibición a la entidad bancaria de imponer sus productos vinculados a la hipoteca: domiciliaciones, planes de pensiones, seguros, etc.

En este sentido, el proyecto señala que estos productos sólo podrán establecerse cuando sean beneficiosas para el cliente y éste podrá adquirirla con otra entidad siempre que cumpla los requisitos que marca el contrato. El banco deberá aceptar pólizas alternativas de proveedores que ofrezcan unas condiciones o un nivel de prestaciones equivalentes a las que haya propuesto, según la nueva Ley Hipotecaria.

El prestamista tampoco podrá cobrar comisión o gasto alguno por el análisis de las pólizas alternativas que se le presenten por el prestatario y «en ningún caso» la aceptación por el banco de una póliza alternativa distinta de la propuesta por su parte podrá suponer empeoramiento en las condiciones de cualquier naturaleza del préstamo.

Otra de las cuestiones que marcará la nueva ley es que incluirá la obligación de llevar a cabo una evaluación de la solvencia antes de conceder el crédito, estableciéndose un régimen de supervisión y de sanción y el coste de los procedimientos internos de los prestamistas para realizar esta evaluación no se repercutirá en el consumidor. EFE

Deja tu respuesta