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Aecta, Wolkers Kluwer y Servisoft informan sobre el nuevo sistema de gestión del IVA

Aecta, Wolkers Kluwer y Servisoft informan sobre el nuevo sistema de gestión del IVA

Aecta, Servisoft y Wolters Kluwer organizaron, el pasado 16 de mayo, una jornada sobre el Suministro Inmediato de Información (SII), un nuevo sistema de gestión del IVA que obligará a presentar online a la Agencia Tributaria (AEAT) los detalles de las facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de cuatro días hábiles.

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El sistema SII, que entra en vigor el 1 de julio de 2017, modifica el sistema actual de llevanza de los libros de registro del IVA y obliga a enviar telemáticamente a la sede electrónica de la AEAT los datos de las facturas emitidas y recibidas –incluidas las simplificadas o tiques– en los cuatro días siguientes a su emisión o registro contable, un plazo que se amplía hasta ocho días durante los seis primeros meses de implantación, concretamente, hasta el 31 de diciembre de 2017.

Estarán obligados a aplicar el sistema SII cerca de 62.000 contribuyentes, integrado por grandes empresas, grupos societarios a efectos de IVA e inscritos en el Régimen de Devolución Mensual del Impuesto (Redeme), que, en conjunto, representan el 80 % de la facturación total de los sujetos pasivos de IVA en España, según datos de la propia Agencia Tributaria. Para el resto de los contribuyentes, la adhesión será voluntaria.

Con este nuevo sistema se pretende: luchar contra el fraude fiscal, mejorar en la calidad de los datos, aplicar correctamente las prácticas contables, ahorrar costes y ganar en eficiencia.

En la jornada estuvo presente Bartolomé Borrego, licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, máster en Dirección de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y funcionario de carrera del cuerpo técnico de Hacienda. En la actualidad ocupa el cargo de vocal responsable de la División de Nuevas Tecnologías en la Delegación de Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla, también es miembro del Consejo Asesor de la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico (ANDCE) y del órgano Rector de la Comisión de Protección de Datos en Andalucía de la Asociación de Abogados Especialistas en Nuevas Tecnologías de Andalucía (Aenta).

Borrego fue el encargado de informar a la audiencia sobre una serie de temas como a quién afecta este nuevo sistema, qué cambia con el SII, cuáles son las obligaciones y plazos, la presentación de modelos y de registros, facturas simplificadas…

Por su parte, Wolters Kluwer, compañía líder en el desarrollo de software de gestión fiscal, contable y laboral, ya ha adaptado al SII sus soluciones de gestión para pymes y despachos profesionales, que están utilizando varios de sus clientes en la prueba piloto impulsada por la Agencia Tributaria para garantizar su óptima aplicación antes de su entrada en vigor, el 1 de julio de 2017.

Para facilitar a las empresas y los despachos profesionales la implantación de este nuevo sistema, Wolters Kluwer ofrece en www.suministroinmediatoinformacion.com toda la información requerida para adaptarse al nuevo sistema de forma fácil y sencilla, mediante recursos como una guía, infografías, gráficos y una entrevista al director de Gestión Tributaria de la AEAT, Rufino de la Rosa, encargado de impulsar el SII.

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Cambios sustanciales

La principal modificación que introduce el SII es el empleo de medios electrónicos para la gestión del IVA.

Con el nuevo SII se informará a la AEAT sobre datos que se encuentran en los libros de registros de IVA y facturas. Igualmente, serán electrónicos los libros de registro de las facturas expedidas, las facturas recibidas, los bienes de inversión, las operaciones intracomunitarias y los importes en metálico.

Como contrapartida a la imposición de los nuevos trámites de gestión, se eliminará la obligación de presentar las declaraciones informativas que se corresponden con los modelos 347, 340 y 390 y se ampliará el plazo para la presentación de las autoliquidaciones hasta los 30 primeros días naturales del mes siguiente (o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la autoliquidación correspondiente al mes de enero), frente a los 20 días actuales.

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