Economistas de Alicante ofrecen asesoramiento gratuito sobre las cláusulas suelo

Economistas de Alicante ofrecen asesoramiento gratuito sobre las cláusulas suelo

El Colegio de Economistas de Alicante ha puesto en marcha una campaña para asesorar gratuitamente a los consumidores sobre cláusulas suelo, y aclararles si tienen derecho a hacer una reclamación por cantidades indebidamente pagadas a los bancos. “La campaña tratará de llegar al mayor número de consumidores, especialmente a aquellos más vulnerables y que no recurren con asiduidad a los consejos de un profesional para gestionar sus asuntos económicos”, ha explicado esta mañana, en rueda de prensa el decano de los economistas, Francisco Menargues.

clausula sueloEl Colegio elaborará un listado de acceso público ordenado por localidades con los economistas ejercientes que voluntariamente han querido participar en esta campaña que los identificará claramente con su nombre, dirección y datos de contacto para que los ciudadanos elijan libremente. Los ciudadanos podrán concertar una consulta gratuita para tener una primera valoración de su caso y decidir qué acciones iniciar.

El experto informará si la hipoteca suscrita está sujeta o no a una cláusula suelo y, de ser así, qué cantidad aproximada corresponde percibir al cliente en compensación por las cantidades cobradas indebidamente y otras opciones de reclamación. Si el consumidor está interesado en seguir adelante con la reclamación, el economista efectuará el cálculo definitivo y elaborará el informe para la entidad bancaria en sucesivas consultas en las que también podrá asesorar sobre la conveniencia de acudir a otras vías para resolver el conflicto, o sobre las implicaciones derivadas del cobro de estas cantidades –fiscales, patrimoniales, financieras…-trabajos que facturará conforme a sus honorarios habituales.

El Colegio pondrá para ello a disposición de todos los colegiados las dos herramientas informáticas desarrolladas por el Consejo General de Economistas para realizar el cálculo de las devoluciones: una hoja de cálculo pensada para la labor de asesoramiento del economista y para cuyo uso se requieren conocimientos especializados en materia financiera y fiscal, y una segunda herramienta más sencilla, que próximamente estará accesible para todos los ciudadanos en la web del Colegio, que permite realizar las primeras estimaciones.

Francisco Menargues ha indicado en la rueda de prensa que es conveniente que todo el proceso de la reclamación esté supervisado por un economista. “El Real Decreto 1/2017 de protección de los consumidores en materia de cláusulas suelo se hizo para evitar la vía judicial larga y costosa, pero tiene implicaciones en las que es necesaria la actuación de un experto”.

El vicesecretario del Colegio, Antonio Rodríguez, ha señalado que las cláusulas suelo que se han aplicado en los últimos años “suelen venir disfrazadas” y a veces son difíciles de detectar por los consumidores que las han suscrito por lo que es fundamental la ayuda de un profesional. Por ejemplo, “si existe un periodo largo de tiempo en el que se ha pagado siempre la misma cuota, es muy posible que sea porque existe una cláusula suelo”, ha explicado.

Por otro lado, el vocal y presidente de la comisión Fiscal, Antonio Pérez, ha desarrollado algunas de las implicaciones tributarias de las indemnizaciones que se pueden percibir por estas reclamaciones. “El Real Decreto establece que, en principio, el reintegro de los intereses cobrados en exceso no tiene incidencia en la declaración, salvo algunas excepciones, por ejemplo, en el caso de que la adquisición de vivienda haya sido objeto de deducción, si la vivienda comprada se destinó al alquiler y se dedujo como gasto o, si el préstamo fue para la adquisición de una propiedad destinada a una actividad económica, en cuyo caso habrá que hacer una declaración complementaria”.

Además, habrá que tener en cuenta, si las cantidades percibidas corresponden a ejercicios fiscales ya prescritos, si se perciben intereses de demora, los límites de las bases de desgravación que se aplicaron en su día o la tributación de la condena en costas. “Cada contribuyente tendrá sus particularidades que es importante sean revisadas por un experto”, ha advertido Antonio Pérez.

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