Viernes, 19 de Abril de 2024
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Inquietud en los ayuntamientos por la declaración de inconstitucionalidad del Impuesto de Plusvalías

Inquietud en los ayuntamientos por la declaración de inconstitucionalidad del Impuesto de Plusvalías
El concejal de Hacienda del Ayuntamiento, Ramón Vilar

El concejal de Hacienda del Ayuntamiento, Ramón Vilar

El concejal de Hacienda, Ramón Vilar, aseguró que “el Ayuntamiento de Valencia, como todos los ayuntamientos de España, ha cumplido estrictamente la ley, tanto en la concepción del impuesto como en sus bases de ejecución”. “Por tanto –argumentó- no somos responsables de que se mantenga una legislación estatal que no sea constitucional”.

“Devolveremos lo que tengamos que devolver, si se da el caso, pero pediremos una compensación al Estado por mantener una ley no constitucional. Vamos a exigir que el Gobierno promueva las iniciativas legislativas para adaptar este impuesto a la realidad y a la Constitución, ya que no hemos de asumir una responsabilidad que no es nuestra”.

El concejal aclaró que la voluntad del Ayuntamiento no es obviamente que los ciudadanos paguen la aplicación de una ley que no es constitucional en uno de sus aspectos, “pero evidentemente intentaremos recuperar del Estado el perjuicio presupuestario que nos pueda causar”.

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el pasado viernes una parte de las normas del citado impuesto. La sentencia se refería al caso concreto del régimen fiscal foral del territorio de Guipúzcoa, referida a los casos de aplicación del impuesto en los que “no haya habido objetiva y realmente un incremento, sino una disminución del valor de los terrenos”. Tal como subrayó el concejal Vilar, “es fácilmente comprensible que la sentencia se acabe trasladando a la Ley de Haciendas Locales y afecte a todos los municipios del Estado”.

Asimismo señaló que la sentencia “reafirma la constitucionalidad del impuesto, así como la fórmula de recaudación”,  e instó al Gobierno central a “efectuar de inmediato un cambio en la legislación estatal para adaptarla al fallo del Tribunal”.

Vilar recordó que el Impuesto de Plusvalías se refiere únicamente al valor del suelo urbano; se paga en función del incremento del valor del suelo sobre la vivienda, no sobre el incremento del valor de la vivienda en sí. Por eso, añadió, la sentencia del Tribunal no implica que se vaya a devolver la plusvalía a todo aquel que la haya pagado, sino que únicamente sería en los casos que corresponda (es decir, que no haya habido incremento del valor del suelo) y con las pertinentes justificaciones.

Todos los Ayuntamientos de todos los colores políticos, hemos cumplido estrictamente con la ley, tanto en la concepción del impuesto como en sus bases de ejecución –defendió el concejal de Hacienda- y por eso no somos responsables de que se mantenga una legislación estatal que no sea constitucional”.

Destacó la oportunidad del Ejecutivo de acometer las modificaciones de la ley también para impedir los casos de ‘especulación rápida’, o sea, los “pelotazos”. “Dado que durante el primer año no se aplica ningún tipo de gravamen sobre la plusvalía general, puede darse el caso, por ejemplo, de que alguien compre un solar en enero y lo venda en diciembre por el doble de su valor; y en este caso no pagaría nada”.

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