Martes, 23 de Abril de 2024
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Retos y oportunidades en el proceso de implantación en las pymes de Planes de Prevención de Delitos

2016 ha sido un año de “transición” en el conocimiento de las empresas de la existencia de los Planes de Prevención de Riesgos Penales.

David Baixauli, Mª Eugenia Gómez de la Flor, José Sotos, Juan Llatas, socios fundadores de Ovserva

David Baixauli, Mª Eugenia Gómez de la Flor, José Sotos, Juan Llatas, socios fundadores de Ovserva

Tiene toda su lógica, pues es en 2016 cuando se han dictado las primeras sentencias de los tribunales que abordan la responsabilidad penal de las persona jurídicas, se ha publicado la circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado y cuando el sector profesional de la consultoría y del asesoramiento ha irrumpido con fuerza ofertando a las empresas los servicios de implantación de Planes de Prevención de Delitos (PPD).

Las empresas españolas son mayoritariamente pymes que, a diferencia de sectores regulados como el financiero, el de seguros o el farmacéutico, lógicamente, no estaban familiarizadas con el mundo del Compliance y con lo que ello significa.

Hay pymes que han oído hablar de la responsabilidad penal de la persona jurídica pero no conocen su traducción a la realidad cotidiana, otras que comienzan a sensibilizarse –algo hay que hacer–, y otras, más bien un número reducido, que ya han tomado la decisión de encargar a un consultor externo la elaboración de un plan y su implantación en la empresa.

En 2016 se han diseñado e implantado en las pymes Planes de Prevención de Delitos, en unos casos y en otros, dichos planes están en fase de implantación.

Podemos resumir estas experiencias en dos palabras: retos y oportunidades.

Los retos
1.- No es obligatorio y no veo la necesidad.
Estos planes “no son una moda pasajera” y han venido para quedarse. Estas u otras expresiones similares, se han utilizado acertadamente en numerosos libros y artículos publicados en 2016.

El “reto” consistiría en conseguir que la elaboración en la implantación del plan sea visualizada por la empresa como algo positivo y beneficioso. Es decir, que se produzca la “transición” desde el ser considerado como un gasto inevitable y necesario hasta ser comprendido como una oportunidad que genera beneficios y ahorro de costes.

2.- Es suficiente con tener y aprobar un Plan de Prevención de Delitos.
La Circular de la Fiscalía es clara cuando pone el acento de la “eficacia” de estos planes en la importancia que tengan los mismos “en la toma de decisiones de sus dirigentes y empleados y en qué medida es una verdadera expresión de su cultura de cumplimiento”.

El “reto” estaría en que la empresa sea consciente de que si encarga el diseño y la implantación de un plan es para asumirlo como propio, cumplirlo y ocuparse y preocuparse de que se cumpla. Y que si no se asume el alcance de la decisión, es mejor no implantar el plan. El PPD no es una necesidad puntual, es una política de empresa.

3.- Acepto la elaboración del plan y su implantación si minoras el presupuesto.
Acometer la implantación de un plan con un presupuesto manifiestamente insuficiente, no sirve para nada y además es contraproducente. Si la empresa y el consultor lo aceptan, no se habrá superado el reto anterior y, por tanto, no tendremos un plan que cumpla con los requisitos necesarios para que sea útil y eficaz, salvo que el consultor dedique recursos técnicos y humanos con un mayor coste que el presupuestado, para evitar esta situación.

El “reto” consistiría en entender y asumir que el diseño e implantación de un plan dista mucho de ser un mero conjunto de documentos y que uno de los criterios que se aplica para medir su eficiencia es la proporcionalidad de la inversión económica. Si el plan no es eficaz, su coste es una inversión inútil.

4.- Los propietarios de la pyme administran y trabajan en la empresa.
Las funciones de supervisión en las empresas de pequeñas dimensiones pueden ser asumidas directamente por el órgano de administración.

El reto consistiría en implantar un plan que deslinde la responsabilidad y funciones de los miembros del órgano de administración de las propias del compliance officer, para cumplir con los requisitos de autonomía e independencia de la función de cumplimiento, evitando conflictos de interés.

Las oportunidades
La implantación de un Plan de Prevención de Delitos es una fuente de “oportunidades” y de “beneficios” para la empresa:
1.- Mejora el conocimiento de la empresa y de sus procesos por toda su organización, más allá de la simple detección de los riesgos penales.

2.- Propicia el orden interno de las políticas y normas que rigen la empresa.

3.- Se detectan aquellos aspectos legales y operativos más débiles de los procesos de trabajo. Durante la implantación, la propia empresa redescubre sus propios procesos, riesgos y la efectividad de sus controles vigentes.

4.- Se previenen y mitigan los riesgos reputacionales derivados del hecho de que una sociedad se vea implicada o relacionada con un posible delito.

5.- Transmite tranquilidad y confianza a todos los estamentos de la empresa, a sus socios, proveedores y clientes.

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