Régimen Especial de Agencias de Viajes
Este Régimen es de aplicación en los siguientes casos: Agencias de viajes que actúen respecto a los viajeros en nombre propio, esto es, que realicen su actividad como meros comisionistas y que utilicen bienes entregados o servicios prestados por empresarios o profesionales para la realización del viaje. Operaciones realizadas por organizadores de circuitos turísticos, siempre y cuando sean comisionistas y utilicen bienes o servicios brindados por empresarios o profesionales. Excepciones y exenciones Existen ciertos supuestos en


