Jueves, 25 de Abril de 2024
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Plan anual de control tributario para 2015

Plan anual de control tributario para 2015

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Socio Director y Asociada  TOMARIAL ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS

El artículo 116 de la Ley General Tributaria establece que la Administración Tributaria elaborará anualmente un Plan de Control Tributario, que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen. Criterios que se han publicado recientemente en el BOE, mediante Resolución de 9 de marzo de la Dirección General de la AEAT, que aprueba las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2015.

Esta Resolución debe ser objeto de lectura por los asesores fiscales, pues informa sobre las actuaciones más relevantes de prevención y control del fraude y los perfiles de contribuyentes o de operaciones que van a tener más probabilidades de ser objeto de comprobación. Información útil para las empresas, pues ser objeto de actuaciones de comprobación o investigación siempre conlleva un coste adicional indirecto en tiempo y gasto por asesoramiento.

Comprobación e investigación del fraude
> Actuaciones dirigidas al afloramiento de actividades y rentas ocultas (economía sumergida). Entre otros colectivos, serán objeto preferente aquellos particulares que ceden total o parcialmente viviendas por internet u otras vías; intensificación de visitas presenciales para detección de alquileres irregulares no declarados; y en el sector servicios, cuando se aprecien riesgos significativos de infradeclaración de la actividad.

Indefectiblemente, las actividades profesionales continuarán siendo especialmente vigiladas, así como los contribuyentes con signos externos de riqueza que no sean acordes con sus declaraciones de renta y patrimonio. También se realizarán actuaciones presenciales para comprobar el cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo.

La AEAT proporcionará a las comunidades autónomas acceso a información sobre los impuestos cedidos para su adecuada gestión tributaria, intercambiando información sobre datos censales relevantes a través del Censo Único Compartido y controlando las deducciones sobre el tramo autonómico del IRPF y el cumplimiento de los requisitos para beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Especial atención para las tramas de fraude del IVA en operaciones intracomunitarias, y el control sobre depósitos fiscales y depósitos distintos de los aduaneros, para evitar la utilización de estos regímenes con fines de elusión fiscal.

Las operaciones inmobiliarias significativas serán especialmente controladas para determinar su tributación por IVA o, alternativamente, por ITP y AJD, así como la utilización improcedente de sociedades que canalicen rentas de personas físicas con el objeto de reducir la tributación.

Los patrimonios en el exterior y la planificación fiscal internacional son atención prioritaria en este Plan. Principalmente las operaciones con instrumentos o estructuras híbridas o de planificación fiscal agresiva, las adquisiciones de participaciones con apalancamiento cuando quede acreditado como finalidad principal generar gastos financieros, el control de pagos al exterior de especial relevancia y en materia de transfer-pricing, los servicios intragrupo y las operaciones sobre intangibles.

> Medidas y actuaciones. Mayor efectividad de la inspección mediante actuaciones selectivas coordinadas en el ámbito nacional, contra actividades fraudulentas relacionadas con el software de doble uso (programas informáticos que alteren la facturación real, renumeren tiques y modifiquen los precios o, simplemente, permitan suprimir una parte de la facturación), y actuaciones a realizar en sectores económicos que realizan ventas a consumidores finales.

> Nuevas formas de fraude por internet. Captación y explotación de información en la red para descubrir actividades ocultas o bienes objeto de comercio ilícito y actuaciones de control sobre fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen bienes o servicios vía internet.

> Patrimonios deslocalizados. En su búsqueda se utilizará la información suministrada por otras jurisdicciones y la explotación de datos captados de consumo realizado con tarjetas de crédito emitidas con cargo a cuentas abiertas en entidades financieras no residentes, así como los datos de los modelos 720 presentados y que ofrezcan indicios de falta de consistencia de los bienes y derechos incluidos. Y también no declarantes de los que se tenga indicios de que están ocultando bienes. Así, ya se encuentran en fase de investigación más de 7.000 contribuyentes.

Control del fraude en fase recaudatoria
Derivaciones de responsabilidad de deudas pendientes, para combatir las operaciones de vaciamiento patrimonial. Agilización de la gestión de deudas en fase de embargo y de procesos concursales. En el área penal, impulso de acciones a interponer por presunta comisión de delitos de insolvencia punible, e incremento en el control de deudores insolventes para la detección de posibles insolvencias sobrevenidas y la participación de estos deudores en nuevas sociedades mercantiles.

Colaboración AEAT y comunidades autónomas
Esencial para el adecuado control de los tributos cedidos, sean gestionados por la Agencia Tributaria o por las comunidades autónomas. Se potencian los intercambios de información con trascendencia tributaria entre las administraciones tributarias del Estado y de las comunidades autónomas. En particular, las declaraciones de tributos cedidos gestionados por las comunidades, como el ITP-AJD y el ISD.

Como novedad para 2015, las comunidades autónomas deberán suministrar a la AEAT información de las familias numerosas y de los grados de discapacidad a través del modelo 990, a efectos de la tramitación de los pagos anticipados por esos conceptos.

A modo de conclusión
Plan ambicioso y bien diseñado si se llegara a disponer de los medios necesarios para llevarlo a cabo. En este sentido, mencionar la reciente incorporación a la Agencia Tributaria de 500 funcionarios de Correos o la oferta de empleo público de 1.000 plazas para el año 2015.
Por cierto, la medida “actuar de incógnito”, solicitada por los inspectores de Hacienda, no figura recogida en el Plan de Control Tributario, pero se incorporará a la normativa reguladora a través de la Ley de Entidades Aseguradoras, que el Gobierno ha remitido a las Cortes. Estemos preparados.

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